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¿Se pueden hacer brownies con cannabis para consumo personal? Esto resolvió la SCJN

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La Suprema Corte dió resultado sobre la aprobación sobre autoconsumo recreativo de cannabis y su preparación en alimentos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  recientemente emitió su respuesta ante el consumo personal de cannabis en alimentos en México.

Apenas hace un mes se habría abierto el primer dispensario de cannabis legal en México.

¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre los brownies con cannabis?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el caso de una persona que solicitó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) una autorización relacionada con el autoconsumo recreativo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC).

El origen del caso se encuentra en la autorización para realizar actividades vinculadas con el consumo lúdico de cannabis, después de que la SCJN invalidara la prohibición absoluta del consumo recreativo de marihuana prevista en la Ley General de Salud.

Sin embargo, cuando la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) emitió la autorización correspondiente, estableció restricciones que impedían preparar cannabis en distintos productos, entre ellos alimentos preparados y semipreparados.

Aún existen limitaciones para el consumo de cannabis en México. | Canva

Aún existen limitaciones para el consumo de cannabis en México. | Canva

El asunto llegó nuevamente ante la Suprema Corte, que analizó si la preparación de cannabis en alimentos destinados al consumo personal debía considerarse una actividad cubierta por la autorización de autoconsumo; el Pleno determinó que sí sería legal.

La Corte consideró que preparar cannabis o THC en alimentos para consumo propio forma parte de una actividad culinaria ordinaria y no equivale, por sí misma, a fabricar productos sometidos a un régimen sanitario especializado.

Si quieres consumir, considera estas limitaciones: no podrás regalar o vender

Uno de los puntos centrales de la resolución es que el criterio de la Suprema Corte no representa una legalización general de los llamados brownies, galletas o gomitas con cannabis para su venta.

La autorización está vinculada con el autoconsumo y tiene carácter personal. Por lo tanto, los alimentos preparados bajo este supuesto deben estar destinados exclusivamente al consumo de quien cuenta con la autorización correspondiente.

La resolución no permite comercializar, distribuir, suministrar a terceros ni expender al público los alimentos que contengan cannabis o THC.

Otro punto importante es que antes de realizar el consumo personal, las personas interesadas deberán solicitar un permiso ante la COFEPRIS para el autoconsumo lúdico.

¿Qué productos siguen sujetos a restricciones sanitarias?

La SCJN también dejó claro que existen productos para los cuales se mantienen las restricciones establecidas por las autoridades sanitarias.

Entre ellos se encuentran medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios y cosméticos, además de vapeadores y dispositivos análogos.

En estos casos, la preparación o incorporación de cannabis y THC no queda automáticamente permitida por la autorización de autoconsumo.

En conclusión, la respuesta a la pregunta de si se pueden preparar brownies con cannabis en México es sí, pero únicamente bajo el supuesto específico de contar con la autorización correspondiente de la COFEPRIS para autoconsumo recreativo y destinarlos exclusivamente al consumo personal.

posta